FAQs

Preguntas frecuentes

¿Tienes alguna pregunta para nosotros?

Preguntas frecuentes

Ofrecemos servicios especializados en herencias, legalización de propiedades y venta de inmuebles heredados.

Somos especialistas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, enfocándonos exclusivamente en herencias.

Nos encontramos en C/ Ramón y Cajal, Nº 4 – 2º F, 13001 Ciudad Real.

Sí, proporcionamos servicios de gestoría como certificados de defunción, últimas voluntades y cambio de titularidad catastral.

Por las adquisiciones de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, así como la percepción de cantidades por los beneficiarios de seguros sobre la vida en caso de muerte del asegurado.

Seis meses contados desde el día del fallecimiento del causante o usufructuario, o, desde aquél en que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento.

Las personas físicas que adquieran bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, y las que sean beneficiarias de contratos de seguro sobre la vida para caso de fallecimiento del asegurado cuando el contratante fuese persona distinta del beneficiario. Las personas físicas que, siendo nudos propietarios de un bien o derecho, consoliden el pleno dominio por extinción del usufructo cuando dicho usufructo se hubiese constituido, como consecuencia de una adquisición «mortis causa». La no presentación conlleva sanciones y recargos a cada heredero.

¿No encuentras una respuesta?

    ×